El fallo en primera instancia establece que, se declara nula la elección del alcalde de Apartadó, Héctor Rangel Palacios, por encontrarse inmerso en la causal de nulidad consagrada en el numeral 8° del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Ante esta decisión judicial el alcalde podrá interponer el recurso de apelación y será el consejo de estado como segunda instancia quien defina el futuro jurídico del mandatario de los apartadoseños.

La parte motiva de la providencia indica que el alcalde apoyó a candidatos al concejo y a asamblea de Antioquia, por el partido Independientes. «En el proceso de la referencia, se pudo constatar que el señor Héctor Rangel Palacios Rodríguez apoyó a los candidatos al Concejo Municipal de Apartadó a los señores José Velásquez y Oscar Sánchez quienes estaban avalados por el Partido Independientes.


Así mismo, se pudo determinar que el demandado apoyó al candidato Walter Salas para el cargo de Diputado del Departamento de Antioquia, con lo que se tiene por satisfecho este requisito.

Concluye esta Corporación que se encuentran probados cada uno de los elementos requeridos para que se configure la doble militancia proscrita en el artículo 107 de la Constitución Política y en el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, por lo que se declarará la nulidad de la elección del señor Héctor Rangel Palacios Rodríguez como Alcalde Municipal de Apartado, para el periodo 2024-2027, de conformidad con la causal de nulidad establecida en el numeral 8° del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo».

 

Ver el fallo aquí: Fallo en contra del alcalde de Apartadó

 

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