Por medio de una acción de tutela, taxista exigía el cierre inmediato de la plataforma.

Por: REDACCIÓN EL TIEMPO
La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín denegó, por improcedente, la acción de tutela establecida por el conductor de taxi Jorge Eliecer Úsuga, quien exigía el cierre inmediato de Cabify.
La notificación de la improcedencia expresa que “para la sala, en este específico caso no se advierte que el perjuicio sufrido por el actor sea inminente y grave, teniendo en cuenta que las denominadas aplicaciones móviles para el servicio de transporte público de pasajeros, como el mismo actor lo dijo, aparecieron en el mercado desde hace cuatro o cinco años aproximadamente”.

En ese sentido, el Tribunal afirma que “no se avizora que se requieran medidas impostergables y urgentes por parte del juez de tutela, teniendo en cuenta que la afectación a que alude el actor se viene presentando desde aproximadamente 4 o 5 años atrás y no existe prueba alguna que demuestre la proximidad de un daño grave e irreparable a los derechos fundamentales del accionante, como el trabajo, la vida en condiciones dignas y el mínimo vital”.

Vale la pena recordar que el taxista Jorge Eliecer Úsuga manifestaba sentirse vulnerado porque “muchos usuarios, por la moda de la era digital y las telecomunicaciones, han decidido acudir a estos servicios de transporte ilegales”, afirmando además que “el servicio no está respaldado por una empresa habilitada y que la aparición de la plataforma ha hecho que se reduzcan los ingresos de los conductores de vehículos tipo taxi, afectando así el derecho fundamental al trabajo”.

“No existen hechos u omisiones que den lugar a la supuesta vulneración de derechos fundamentales a los que hace alusión la demanda”, dijo Camilo Sarasti, director general de Cabify

TECNÓSFERA

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